SRI, son obligatorios
El artículo 117 del Reglamento General de Circulación, que regula el uso de los SRI y del cinturón de seguridad, establece que todos los ocupantes menores de altura inferior a 1,35 metros deben utilizar, en todas las plazas del vehículo, un sistema de retención adaptado a su peso y talla:
1. Siempre en los asientos traseros.
Las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros deberán viajar obligatoriamente en los asientos traseros.
2. Excepcionalmente, en los asientos delanteros.
Como excepción podrán ir en los asientos delanteros en las siguientes situaciones:
Si el vehículo no dispone de asientos traseros (vehículos biplaza).
Si los asientos traseros están ya ocupados por otros menores en sus respectivos SRI.
Si resulta imposible instalar todas las sillas necesarias en los asientos traseros.
¡Ojo con el airbag!
Si por alguna de las excepciones indicadas, el niño tiene que utilizar el asiento del copiloto, y va colocado en sentido contrario a la marcha, es obligatorio desactivar el airbag.
¿Y si mide más de 1,35 metros?
Los menores con una estatura igual o superior a 1,35 metros podrán utilizar directamente los cinturones de seguridad del propio vehículo.
No obstante, hasta 1,50 metros es recomendable que los menores sigan utilizando el SRI homologado a su talla y peso.
En todos los casos, la banda diagonal ha de pasar por la clavícula, sobre el hombro y bien pegada al pecho, y la horizontal ha de quedar lo más baja posible paralela a los muslos.
Si la banda del hombro toca el cuello o pasa bajo el mentón, el niño debe seguir usando un asiento elevador.
Así les protege. El uso correcto de los SRI protege al niño:
Disminuye el riesgo de eyección.
Evita la intrusión del objetos/ocupantes en su espacio vital.
Reduce las lesiones que se producen por el cambio de velocidad que experimenta el ocupante.
Distribuye la energía que se produce durante un impacto por el organismo.
Mantiene aceleraciones similares entre las distintas partes del cuerpo.
El 20% de los fallecidos, sin sillita.
Las estadísticas de la Dirección General de Tráfico, indican que, en 2015, 25 niños (de 0 a 14 años), fallecieron en accidente de tráfico. De ellos, 5 – uno de cada cinco – no viajaban en su correspondiente sillita. Además, 355 menores tuvieron que ser hospitalizados por las lesiones sufridas y otros 6.165 resultaron heridos leves (no necesitaron ingreso hospitalario).
Sanciones: 200 euros.
Llevar a un niño sin su SRI está tipificado como infracción grave y lleva aparejada una sanción mínima de 200 euros para el conductor responsable de la seguridad del menor. Asimismo, se contempla la posibilidad que tienen los agentes de Tráfico de inmovilizar el vehículo si se viaja con menores y no hace uso del dispositivo de retención infantil.
Un SRI para cada niño
Nuestros niños deben viajar en su correspondiente sillita desde su primer viaje en coche, que será la salida del hospital. Las sillas se dividen en diferentes grupos, según las normas internacionales de homologación. Deben ajustarse a la altura y peso del niño, e irse cambiando según va creciendo.
Siempre homologadas.
Los SRI deberán llevar una etiqueta de homologación que garantiza que cumplen los requisitos de seguridad establecidos por la normativa europea. Las dos normativas vigentes son la ECER44/04 y la I-SIZE.
SRI grupo a grupo
Grupo 0 capazos
Solo se deben utilizar si por problemas de salud del niño lo indica el médico.
Se colocará en los asientos traseros, en posición transversal a la marcha y con la cabeza en la parte central del vehículo.
Grupo 0+ (de 0 a 13 kg)
De recién nacidos hasta los 18 meses aproximadamente.
Se deben utilizar siempre en sentido contrario a la marcha.
Los niños van sujetos a la sillita mediante un arnés de 5 puntos.
Se debe cambiar de silla cuando el niño supere los 13 kilos o su cabeza sobresalga del respaldo.
Está prohibido colocarlas en el asiento del copiloto, salvo que los asientos traseros estén ocupados por niños en su SRI. Es obligatorio desconectar el airbag delantero.
Grupo I (de 9 a 18 kg)
Aproximadamente entre 1 y 4 años.
Debe siempre instalarse antes de sentar al bebé, siguiendo de forma precisa las instrucciones de anclaje específicas para cada modelo.
La sillita se fija al asiento mediante el cinturón de seguridad del coche o por anclajes Isofix, acompañados por un tercer punto de anclaje o una pata de apoyo. Hay que comprobar que queda firme. En niño va sujeto mediante un arnés de cinco puntos.
Se recomienda llevar al niño en sentido inverso a la marcha si el SRI lo permite mediante accesorios complementarios (la pata de apoyo).
Grupo II/III (de 15 a 36 kg)
Entre los 4 y los 12 años aproximadamente.
Corresponde a los asientos y cojines elevadores con respaldo. Indicados cuando el niño es demasiado grande para una silla, pero todavía no ha alcanzado la altura necesaria para utilizar el cinturón de seguridad.
El elevador con respaldo permite adaptar el recorrido del cinturón de 3 puntos al SRI, utilizando el cinturón de seguridad del vehículo para sujetar al niño.
La banda diagonal del cinturón pasará por encima de la clavícula y sobre el hombro sin tocar el cuello, y la banda horizontal y lo más abajo posible sobre los muslos, nunca sobre el estómago o el abdomen.
¿Cuándo hay que cambiar de sillita?
El cambio de un grupo de silla a otro debe retrasarse al máximo tiempo posible, teniendo en cuenta siempre que la cabeza no sobresalga sobre el respaldo de la silla, y que no se supere el peso máximo recomendado por el fabricante.
Si se cambia al niño antes de tiempo, los arneses o el cinturón de seguridad pueden quedar mal ajustados, facilitando que el niño rote por encima del cinturón y salga despedido, o se deslice por debajo de la banda pélvica por el “efecto submarino”.
¿Qué son las sillitas I-SIZE?
En julio de 2013 entró en vigor una nueva norma de homologación, la norma “I-Size”, que clasifica las sillas según la altura del niño. Estas son las características que las diferencia:
Han debido superar una prueba de impacto lateral para ser homologadas.
Se clasifican según la altura del niño, no por grupos. Son los propios fabricantes los que indican para qué altura sirve la silla.
Permiten llevar a los niños de hasta 15 meses en sentido contrario a la marcha.
El sistema de anclaje será el Isofix, de 3 puntos, dos en el asiento y el tercero mediante una pata o un anclaje en el asiento (top tether).
Convivirán dos normas
Esta nueva normativa no implica ningún cambio para los padres que ya disponen de un SRI. Los SRI actuales pueden seguir utilizándose como hasta el momento, y se estima que convivirán ambas homologaciones hasta 2018.
Sistema de Retención Infantil, las reglas para no equivocarse
La elección del Sistema de Retención Infantil puede resultar una decisión difícil. Lo aconsejable es informarse de los productos disponibles en el mercado, conocer sus resultados en las pruebas de seguridad y probarlo en el coche.
1. La mejor elección.
Comprar siempre un SRI homologado. Comprobar la etiqueta en la parte posterior de la sillita.
Tenga en cuenta las necesidades del niño y las características del vehículo en el que se va a colocar.
Verifique el sistema de anclaje que incorpora el vehículo (Isofix, top tether, cinturones).
Las sillitas de segunda mano no son aconsejables, restan seguridad y normalmente no se conservan las instrucciones del fabricante.
2. Correctamente instalada.
Se instalarán siguiendo escrupulosamente las instrucciones del fabricante.
Comprobar que queda sujeta sin balanceos. Si se instala con el cinturón de seguridad, eliminar las holguras; si es con Isofix, comprobar los testigos de instalación correcta, y utilizar el tercer punto de anclaje (top tether) o la pata de apoyo.
Si se coloca en el asiento del copiloto en sentido contrario, desconectar el airbag y desplazar el asiento hacia atrás (recordemos que este caso es una excepción).
3. Bien sentado.
Se recomienda que hasta 1,50 metros de altura, viajen en los asientos traseros.
En sentido contrario a la marcha al menos hasta los 2 años, siempre que el SRI lo permita.
Ajustar el arnés al cuerpo del niño, nunca con las bandas retorcidas. No permitas que saque los brazos por fuera del arnés o del cinturón o se desabroche.
Utilizar elevador con respaldo. Además de ofrecer protección lateral, ayudan a que las bandas del cinturón vayan bien posicionadas sobre el cuerpo del niño.
¡Atención!, atada aunque no esté el niño.
Una sillita es un objeto que puede salir proyectado en caso de colisión hacia los ocupantes. Por eso, y aunque el niño no viaje en ese momento, el SRI debe ir siempre sujeto con el cinturón del vehículo, o con el anclaje Isofix, para evitar que salgan despedidos y se conviertan en “proyectiles” para los ocupantes del coche.
Mejor en sentido contrario a la marcha
Si el niño viaja en el sentido de la marcha y se produce un impacto frontal, su cuerpo se desplaza hacia delante y es retenido por el arnés. La desproporción de la cabeza y la débil musculatura del cuello, provocan tensiones muy altas en la columna cervical y en los órganos internos.
Sin embargo, si el menor está sentado en sentido contrario a la marcha, está apoyando toda la espalda, cabeza y cuello sobre el respaldo y, en caso de impacto, redistribuye mejor la carga y se reducen los movimientos de la cabeza en relación al frágil cuello del niño.
5 veces menos riesgo
Llevar al niño en sentido inverso a la marcha reduce cinco veces la probabilidad de sufrir lesiones graves en un accidente, respecto a viajar en sentido a la marcha.
Buen día a tod@s!!
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