La existente norma R44 cambiará en enero de 2017, así que los nuevos elevadores que se desarrollen sin respaldo sólo podrán ser utilizados por niños de más de 125 cm. Los modelos más antiguos que permitan a los niños de menos de 125 cm sin respaldo todavía se venderán, pero sólo durante un tiempo limitado. Esto implica que todos los niños de menos de 125 cm deberían usar un elevador con respaldo para su seguridad. Los elevadores con respaldo aseguran la mejor posición del cinturón de seguridad alrededor de los hombros y una protección mejorada en caso de impactos laterales.
7 PUNTOS A TENER EN CUENTA EN LA NUEVA NORMATIVA SOBRE SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL
Los menores que midan 1’35cm o menos estarán obligados a viajar en la parte trasera del vehículo con sistema de retención infantil.
Los menores que midan 1’25 cm o menos estarán obligados a viajar en elevador con respaldo.
Nunca se deberá llevar al niño en brazos, ni utilizar el mismo cinturón de seguridad que el adulto.
Las multas por no llevar una silla adecuada o llevar al pequeño sin silla conllevarán una pérdida de 3 puntos y una multa de 200 euros.
Los expertos en seguridad recomiendan el anclaje mediante el sistema Isofix.
Si el menor viaja en el asiento del copiloto por un motivo justificado hay que desactivar el airbag frontal y colocar la silla a contramarcha.
La DGT recomienda el uso de sistemas de retención hasta que el niño mida 1’50cm.
SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL
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