LA AGENCIA TRIBUTARIA INFORMA SOBRE COMO SE DEBE RECLAMAR LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD

Ante la gran cantidad de gente que ha iniciado la reclamación para recibir la prestación por maternidad, la Agencia Tributaria ya ha comenzado a elaborar un formulario, que todavía no se encuentra en su página web, pero que ha sido filtrado y que a casi todos nos ha llegado por whatsapp. En él se informa de cómo se debe hacer para reclamar las cantidades:

Hemos querido compartir esta información con todos vosotros porque somos muchos los que estamos esperando que se ponga en marcha este mecanismo para comenzar a reclamar. Reproducimos aquí el documento que se ha filtrado a la espera de su publicación oficial.

El 3 de octubre de 2018 el Tribunal Supremo ha dictado la sentencia 1462/2018, en la que fija la siguiente doctrina legal:

“Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.

La aplicación de esta doctrina puede dar lugar a diferentes situaciones:

Los contribuyentes que hubieran percibido estas prestaciones en los años 2014, 2015, 2016 y 2017 podrán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF en la que hubiesen incluido tales rentas.

Si las rentas fueron percibidas en más de un año, deberán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF de cada año.

Se ha habilitado un formulario específico de solicitud, cuyo uso facilitará y acelerará la tramitación de la devolución procedente, en el que la persona perceptora de la prestación deberá indicar los años en los que ha percibido la prestación y un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonará la devolución que proceda.

No será necesario adjuntar a la solicitud un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones por maternidad percibidas, puesto que en cada caso la AEAT recabará directamente de la Seguridad Social toda la información precisa para la resolución del procedimiento.

En el caso de solicitudes de rectificación de declaraciones que hayan sido desestimadas con anterioridad a la fecha de la sentencia:
Si el recurso todavía se encuentra pendiente de resolución, será el correspondiente órgano revisor el que se pronuncie sobre la aplicación al caso de la doctrina del Tribunal Supremo.

Si la resolución desestimatoria de la solicitud de rectificación de la declaración hubiera adquirido firmeza, no será susceptible de revisión en ninguna instancia y no procederá devolución alguna.

En relación con las prestaciones públicas por maternidad percibidas durante este año 2018, en la próxima campaña de renta la AEAT ofrecerá los datos fiscales incorporando tales prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas como plenamente deducibles. Los contribuyentes solo tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones utilizando los datos fiscales que se les ofrezcan.

INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DEL FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE IRPF POR PRESTACIONES PÚBLICAS POR MATERNIDAD PERCIBIDAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL (SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO 1462/2018).

Código de trámite GZ283

Apartado INTERESADO:

Se rellenará con los datos identificativos del perceptor de la prestación pública de maternidad que solicita la rectificación.

Apartado REPRESENTANTE:

Sólo se rellenará en el caso de que el interesado actúe por medio de representante.

Se harán constar tos datos identificativos del representante y con la solicitud deberá aportarse la documentación acreditativa de la representación.

Apartado DATOS ADICIONALES:

Deberá indicar los años en los que ha percibido la prestación.

Por ejemplo, si ha percibido la prestación durante los meses de noviembre y diciembre de 2015 y enero y febrero de 2016, deberá marcar ambos.

Apartado DATOS DE LA DEVOLUCIÓN

Deberá indicar el código IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular el perceptor de la prestación, junto con el código SWIFT para el caso de cuenta abierta en el extranjero, en la que desee que se le efectúen las posibles devoluciones.

Apartado MOTIVO DE LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD:

Este apartado podrá ser utilizado para hacer constar las manifestaciones y documentación que el interesado decida realizar o aportar de manera voluntaria (salvo el caso de la actuación mediante representante).

NO SERÁ NECESARIO ADJUNTAR CERTIFICADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACREDITATIVO DE LAS PRESTACIONES POR MATERNIDAD PERCIBIDAS

1

Apartado FECHA Y FIRMA:

Se indicará el lugar y la fecha y se firmará el documento por el presentador de la  solicitud.

LUGAR DE PRESENTACIÓN:

El formulario podrá presentarse por INTERNET (sede electrónica de la AEAT) y en las oficinas de registro de la Agencia Tributaria.

LA AGENCIA TRIBUTARIA INFORMA SOBRE COMO SE DEBE RECLAMAR LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD Foto de %title


Fuente: este post proviene de Trucos de mamás, donde puedes consultar el contenido original.
¿Vulnera este post tus derechos? Pincha aquí.
Creado:
¿Qué te ha parecido esta idea?

Esta idea proviene de:

Y estas son sus últimas ideas publicadas:

Etiquetas: General

Recomendamos

Relacionado

General

La Ocu ha colgado en su página web el siguiente modelo de devolución para aquellos que queráis reclamar la devolución del IRPF por maternidad. Recordad que, si no reclamasteis antes, solo podéis reclamar las cantidades que se pagaron durante el año 2014 y sucesivos. Más información sobre la devolución del IRPF por maternidad pincha aquí.  Descarga la solicitud en word pinchando aquí:  Solicitud de ...

Consejos El Espacio del Bebé como reclamar irpf maternidad ...

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia: las prestaciones por maternidad no deben tributar por IRPF. Si percibiste tu prestación de maternidad a partir de 2014, puedes solicitar la devolución de la prestación por maternidad en el IRPF. ¿Quién puede solicitarla? Los contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios …

General

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha fallado una sentencia a favor de una mujer que solicitaba una devolución en concepto de IRPF después de recibir su prestación por maternidad.  Este hecho crea un precedente y abre la posibilidad a que las personas que hayan percibido ayudas por maternidad o paternidad a partir del año 2012 soliciten la devolución de los impuestos que han ...

General

Desde que saltó la noticia el pasado viernes sobre la decisión del Tribunal supremo de considerar las prestaciones maternidad exentas del IRPF son muchos padres y madres los que nos están preguntando a través de las redes sociales sobre cómo reclamar el irpf de la maternidad. Lo más seguro es que Hacienda comience un proceso para empezar a devolver el dinero de alguna forma más rápida, pero hasta ...

Consejos El Espacio del Bebé Cómo comprobar el estado de la solicitud del IRPF por maternidad o paternidad ...

A continuación vamos a contaros cómo comprobar el estado de la solicitud del IRPF por maternidad o paternidad a través de la web de la Agencia Tributaria. Una vez que hayas presentado la solicitud del IRPF por maternidad o paternidad por las vías que ha puesto la Agencia Tributaria a disposición de los solicitantes, tenemos …

General

Desde esta misma tarde ya se puede solicitar la devolución del IRPF para aquellas personas que cobraron la prestación de maternidad y paternidad a partir de año 2014. Acceder desde este link: https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Prestacion_maternidad/Prestacion_maternidad.shtml Podéis encontrar toda la información: https://www.agenciatribu ...

General

Las prestaciones de 2014 y 2015 pueden reclamar desde hoy. En enero las de 2016 y 2017 en enero y las de 2018 seregularizan con la campaña de la renta. Hacienda ha anunciado este lunes el mecanismo para la devolución del IRPF por las prestaciones de maternidad y paternidad desde 2014, que estará operativo ya esta tarde y que devolverá todas las cantidades antes de abril de 2019. La ministra de Hac ...

baja maternal devolución IRPF

Menuda revolución ha habido con la devolución del IRPF de la baja de maternidad. La verdad es que ha sido todo un logro. Por si no te has enterado, que mira que lo dudo, te cuento que una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha decretado que la prestación por maternidad está exenta en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Y ¿qué significa esto ...