Desde el 14 de enero ya se pueden solicitar las becas para el primer ciclo de educación infantil en centros privados.
Ya está abierto el plazo para solicitar becas para el abono de la cuota de escolaridad de niñas y niños de cero a tres años en centros de titularidad privada autorizados por la administración educativa para impartir el primer ciclo de educación infantil y siempre que no ocupen plazas sostenidas con fondos públicos y cumplan todos los requisitos exigidos en la convocatoria.
Pueden solicitar esta ayuda la madre, padre o tutor legal del menor y que cumplan los siguientes requisitos:
Familias con niñas o niños de 0 a 3 años.
Tener el domicilio familiar en el municipio de Madrid.
Estar matriculados en el curso 2019/2020 en centros de titularidad privada ubicados en el municipio de Madrid y autorizados por la administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.
Haber solicitado y no haber obtenido plaza en la red pública municipal del Ayuntamiento de Madrid o en las plazas en escuelas infantiles privadas sostenidas con fondos municipales para el curso 2019/2020.
No haber percibido de otra administración pública para el curso 2019/2020 otra ayuda para la escolarización de la niña o niño para quien se solicita la ayuda objeto de esta convocatoria.
No ocupar plazas sostenidas con fondos públicos.
No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.
Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
Se puede tramitar en linea a través del siguiente enlace:
https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/Documentación necesaria para el trámite:
Anexo I. “Firma del otro progenitor”. Excepto familias monoparentales o excepciones incluidas en instrucciones de la solicitud.
Anexo II. “Matriculacíón y cuotas”. Certificado de matriculación del niño para cuya escolarización se solicita la ayuda.
Documentación acreditativa de la fecha de nacimiento y filiación de la niña o del niño (Fotocopia del libro de familia, partida de nacimiento o documento similar).
En caso de no autorizar la consulta al Ayuntamiento de Madrid, deberá presentar:
Documentación acreditativa del nivel de renta.
Certificado de empadronamiento.
Certificado de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
Los modelos de formularios necesarios para formalizar la solicitud se encuentran en la propia web del Ayuntamiento de Madrid.
Fuente: Ayuntamiento de Madrid.
Fotografía: La Vanguardia.