Estos días se habla mucho de la familia. Quizás porque el lunes se celebraba su día, el Día de la Familia. Hoy en la redacción de TUMINIYO nos hemos acordado de Cruz Roja. Concretamente de su programa de ‘Acogimiento Familiar‘. ¿Sabes de qué va, en qué consiste? ¿Te has planteado alguna vez que tu familia podría colaborar con Cruz Roja?
¿Qué es el acogimiento familiar?
El Acogimiento Familiar es una forma de cuidado alternativo basado en la solidaridad de la ciudadanía. Permite acoger temporalmente en su casa a niños o niñas que se encuentran separados de sus progenitores por diversas situaciones.
En el proyecto de Acogimiento Familiar de Cruz Roja se buscan personas o familias solidarias. Hogares preocupados por la situación de vulnerabilidad que vive la infancia en nuestra sociedad y así poder proporcionarles un ambiente familiar estable durante un tiempo determinado, ya sea de manera más permanente o durante vacaciones y fines de semana.
Cruz Roja Española lleva trabajando en Acogimiento Familiar desde hace 28 años en colaboración con las Administraciones Públicas. Ofrecen un servicio de soporte psicosocial y de mediación entre los Servicios de Protección a la Infancia y las familias interesadas en realizar esta labor solidaria.
Tipos de acogimiento familiar
Existen varios tipos de acogimiento. Cada familia puede solicitar el que mejor encaje con sus características.
Acogimiento familiar de urgencia. Principalmente para menores de seis años. Tendrá una duración no superior a seis meses, en tanto se decide la medida de protección familiar que corresponda.
Acogimiento familiar temporal. Tendrá carácter transitorio, bien porque de la situación del menor se prevea la reintegración de éste en su propia familia, o bien en tanto se adopte una medida de protección que revista un carácter más estable como el acogimiento familiar permanente o la adopción. Este acogimiento tendrá una duración máxima de dos años.
Acogimiento familiar permanente. Se constituirá al finalizar el plazo de dos años de acogimiento temporal por no ser posible la reintegración familiar. También en casos de menores con necesidades especiales o cuando las circunstancias del menor y su familia así lo aconsejen.
Acogimiento especializado, entendiendo por tal el que se desarrolla en una familia en la que alguno de sus miembros dispone de cualificación, experiencia y formación específica para desempeñar esta función respecto de menores con necesidades o circunstancias especiales, con plena disponibilidad y percibiendo por ello la correspondiente compensación económica, sin suponer en ningún caso una relación laboral.
¿Mi familia puede ser “acogedora”?
En este programa pueden participar familias solidarias con la infancia, independientemente de su configuración, estado civil, orientación sexual, número de hijos/as
Será necesario de forma posterior conocer en profundidad las capacidades que los adultos puedan ofrecer en relación a las necesidades de estos niños y niñas. Las familias de acogida en un acto solidario, ofrecen su hogar a niños y niñas bajo una medida de protección. Los cuidan y ejercen una parentalidad social por un tiempo determinado, como alternativa a la acogida en un centro o recurso residencial.
Las personas candidatas deberán pasar por un proceso de formación – valoración, donde la familia pueda reflexionar sobre esta decisión hasta llegar a constituirse como familia acogedora. Existe un marco regulador en cada Comunidad Autónoma que concreta todos estos aspectos. Los criterios que utilizan las Administraciones Públicas para determinar la capacidad de constituirse en familia de acogida están basados en la motivación y la estabilidad personal, económica y social de las personas que se ofrecen para esta tarea, se tiene especialmente en cuenta su capacidad educativa y relacional.
Estamos interesados ¿dónde me dan más información?
Oficina Provincial de Cruz Roja en Almería
Tel: 950 257 367/950 257 166
E-mail: almeria@cruzroja.es
Blog: www.elblogdeacogimientofamiliar.blogspot.com
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