Falta menos de una semana para el comienzo del curso escolar y la mitad de la población no quiere llevar a sus hijos al colegio porque no consideran que la vuelta al cole de forma presencial, sea segura para los alumnos de primaria.
Mientras tanto, la prensa y los medios de comunicación difunden el miedo a las familias con titulares tan amenazantes como el de ayer, en el que aseguran que los padres que no lleven a sus hijos al colegio se enfrentan a penas de prisión. Un aterrador mensaje que ha fomentado tanto el Gobierno de España como las CCAA con sus multiples amenazas sobre el absentismo escolar. Pero en realidad, la decisión de no llevar a nuestros hijos al colegio en medio de una pandemia con el fin de protegerles y verlar por su bienestar y salud, no es absentismo.
¿Qué es el absentismo escolar?
El absentimo escolar es cuando un alumno en edad de escolarización obligatoria, es decir, entre los 6 y 16 años de edad, falta a las clases sistemáticamete o de forma continuada sin causa justificada. Osea, cuando un niño deja de ir al colegio de forma voluntaria o consentida por la familia y, en este caso se le estuviese privando de su derecho a la educación.Pero en realidad, los padres y madres que no queremos llevar a nuestro hijos al colegio el próximo mes de Septiembre por la inseguridad que supone y ante todo prevaleciendo la salud, la seguridad y la integridad de nuestros hijos de la cual, nosotos como progenitores somos los máximos responsables tal y como se indica en el Código Civil, y ante la situación actual de la pandemia a nivel mundial que puede conllevar graves problemas de salud tanto para los niños como para sus familiares, seremos los padres los que decidamos en última instancia si queremos o no asumir este riesgo.
Del mismo modo, si nuestros hijos no asisten al colegio de forma presencial, deberán continuar con la enseñanza obligatoria desde casa. En caso contrario, sí podría considerarse absentismo.
¿Me pueden quitar a mis hij@s por no llevarlos al colegio?
La respuesta a, si la justicia puede quitarnos a nuestros hijos por no llevarlos al colegio de forma presencial pero, sí continuar su educación desde casa hasta que la situación de la pandemia permita regresar a las aulas de forma totalmente segura para los alumnos, es no, rotundamente no. Nadie te va a quitar a tus hijos por este motivo.En primer lugar, existe un procedimiento legal por el cual la familia sería evaluada primero por el centro docente del alumno, que será el que determine si la falta de asistencia de nuestros hijos está o no justificada, o si finalmente decide comunicarlo a la consejería de educación. Después contactarán con los padres para intentar aclarar el problema y considerarán o no, oportuno, informar a los servicios sociales del municipio.
¿Qué pasa si interviene asunto sociales?
En el supuesto caso de que finalmente tengan que intervenir los servicios de asunos sociales la maestra Alejandra López nos explica que, estos, realizarán un seguimiento e intentarán subsanar las causas por las que nuestros hijos no acuden al colegio y a su vez se determinará si los menores están bien atendidos (reciben una educación aunque no sea presencial, están bien alimentados, tienen ropa, un lugar decente donde vivir, realizan actividades, mantienen una vida social activa, etc). O si por el contrario se encuentran en situación de desamparo.Si finalmente los servicios sociales determinan que nuestros hijos corren algún peligro o no están recibiendo los cuidados adecuados, el caso pasaría a protección del menor y ahí sería un juez el que tendría que determinar si el menor se encuentra en situación de desamparo y si fuese necesario se reteraría la custodia a los padres.
Pero teniendo en cuenta la falta de recursos y los casos realmente graves en los que por desgracia se encuentran muchos niños en España y las escasas plazas que actualmente hay en los centros de acogida, una de dos, o crean una provincia para acoger a todos los niños que no comiencen el curso escolar en Septiembre, o tendrán que limitarse a continuar seleccionando los casos que realmente se encuentran en situación de desamparo, que son tantos, que aun así se ven en la obligación de seleccionar solamente los más graves (niños maltratados, no alimentados, desatendidos o en situación de riesgo).
Solo hay que aplicar el sentido común ante una situación como esta. Nadie va a ir a tu casa a quitarte a tus hijos porque hayas decidido no llevarles al colegio para protegerles y velar por su salud y bienestar. Cuando se retira la custodia a los padres no suele ser por absentismo, sino por un conjuno de cosas que van sumando además de la educación como los abusos, maltratos, abandono, etc.
En resumidas cuentas, lo único que está haciendo el Gobierno, las CCAA y los medios de comunicación, es asustar y alarmar a los padres sobre algo que no va a suceder, por el simple hecho de impartir el miedo y obligarnos de alguna forma para que llevemos a nuestros hijos al colegio. Cosa que por mi parte, no va a suceder hasta que tenga la garantía de que mis hijas acudirán de forma segura y sin asumir riesgos que puedan perjudicar seriamente su salud.
¿Pueden sancionar a las familias?
Sí, por poder pueden hacerlo. De hecho si la consejería determia que tu caso es absentismo, seguramente procederán a ponerte una sanción administrativa, pero de la misma forma, podrás recurrirla alegando las circunstancias y motivos por los que has decidido no llevar a tus hijos a la escuela, en este caso, porque el centro docente o tu CCAA no te ofrecía las medidas necesarias para garantizar la salud de los niños.Es de sentido común, que en la mayoría de colegios no hay espacio suficiente para mantener una distancia social de 1,5 metros entre alumnos dentro de las aulas. Por no mencionar que, si por nuestra propia seguridad debemos reducir las reuniones o encuentros familiares a 10 personas como máximo, cómo vamos a dejar que nuestros hijos acudan al colegio con una ratio de 20 niños por aula. Las clases deben de ser presneciales, sí, pero cuando ofrezcan garantías y seguridad, que hoy por hoy, no es el caso.
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