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Solicitud de devolución de Ingresos Indebidos (Prestación Maternidad)
……………….. mayor de edad, con NIF ………. y domicilio en …………….. calle/plaza………….. nº…….. piso…… comparece y como mejor proceda
DICE
Primero: Que en fecha ……. de …. de ……. presentó autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio ………… resultando una cantidad a pagar/devolver de ……………… euros.
Segundo: Que en dicha autoliquidación se ha apreciado un error consistente en declarar como rendimiento de trabajo, …………………………… euros percibidos en el citado ejercicio en concepto de prestación por maternidad del Instituto Nacional de Seguridad Social.
Tercero: Que de acuerdo a lo prevenido en el párrafo tercero del artículo 7.h) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las prestaciones públicas por maternidad, incluidas las percibidas del Instituto Nacional de Seguridad Social, están exentas de tributación.
Cuarto: Que el Tribunal Supremo en sentencia del 3 de octubre de 2018, dictaminó que LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD a cargo del INSS ESTÁ EXENTA de tributación al “incardinarse en el supuesto previsto en el párrafo tercero letra h) del artículo 7 de la LIRF”, por los siguientes motivos:
1.- “… La Exposición de Motivos de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, se refiere expresamente a que la prestación por maternidad está exenta y no parece pretender que su alcance se limite a las concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales…”
2.- “… Cuando el párrafo cuarto del artículo 7.h) comienza con la palabra “también” estarán exentas las prestaciones públicas por maternidad percibidas de las Comunidades Autónomas o entidades locales”, después de declarar exentas en el párrafo tercero “las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad”, parece dar a entender que además de las que corren a cargo de la Seguridad Social, entre las que cabe incardinar las prestaciones por maternidad, están exentas las que por el mismo concepto se reconozcan por las Comunidades Autónomas y Entidades Locales, pues en otro caso la partícula “también” sería inútil, y podría dar lugar a entender que el legislador ha querido exclusivamente declarar exentas éstas últimas y excluir las estatales”.
3.- “…La prestación por maternidad es el subsidio que gestiona la Seguridad Social que trata de compensar la pérdida de ingresos del trabajador a consecuencia del permiso de descanso por el nacimiento de un hijo, adopción, tutela o acogimiento, y durante ese periodo el contrato de trabajo queda en suspenso interrumpiéndose la actividad laboral; y a tenor del artículo 177 de dicha norma, se consideran situaciones protegidas la maternidad, la adopción, la guarda con fines de adopción y el acogimiento familiar, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las comunidades autónomas que lo regulen”.
Quinto: Que dada la exención de la prestación por maternidad en el IRPF, su inclusión incorrecta en la declaración como rendimiento del trabajo, me implicó pagar……………………… euros de más y/o que me devolvieran ………………… menos. (2)
Sexto: Que al estimar que la referida autoliquidación ha perjudicado mis intereses al dar lugar a un ingreso indebido por haber declarado rentas exentas de tributación, conforme a los artículos 120.3 y 221 de la Ley General Tributaria,
SOLICITA:
Que teniendo por presentado en tiempo y forma este escrito y documentos que se acompañan, los admita y considere presentada solicitud de RECTIFICACIÓN de la AUTOLIQUIDACIÓN de referencia, así como DEVOLUCIÓN de la diferencia resultante entre la declaración correcta y la errónea (……………euros) (3), más los intereses que legalmente correspondan, mediante transferencia a la cuenta …………………………….. (nº de cuenta bancaria).
En …………………… a……….. de …… de ……..
Fdo: (nombre y apellidos)
JEFE DE LA DEPENDENCIA DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA DELEGACIÓN DE…
o SR. ADMINISTRADOR DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE…
NOTA:
(1) Se puede solicitar la rectificación siempre que la Administración Tributaria no haya practicado liquidación definitiva o provisional por el mismo motivo y siempre que no hayan transcurrido cuatro años contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar la declaración (si se presentó dentro del plazo reglamentario) o desde el día siguiente a haberla presentado (si se presentó fuera de dicho plazo).
(2) No incluya este párrafo si no sabe exactamente cuánto le tienen que devolver. Si sabe cuánto le tienen que devolver porque ha calculado nuevamente su declaración excluyendo el importe de la prestación, indique
si la declaración original fue a devolver: el importe que le devolvieron de menos
si la declaración original fue a pagar: el importe que pago de más y si fuera el caso el importe que le hubieran tenido que devolver
(3) Indique el importe en euros si sabe cuánto le tienen que devolver porque ha calculado nuevamente su declaración excluyendo el importe de la prestación