DECLARACION DE LA RENTA 2018: TODO LO QUE DEBES SABER

Como muchos sabéis, comienza la cuenta atrás para presentar vuestra declaración de Renta correspondiente al ejercicio 2018.

La campaña empezó el pasado 15 de marzo con la obtención y descarga de los datos fiscales.

En datos fiscales aparecen todas las imputaciones de rentas obtenidas durante el ejercicio 2018 (rendimientos del trabajo, del capital mobiliario, inmobiliario, ganancias o pérdidas patrimoniales,). Importante es revisar muy bien ese borrador ya que algunas veces está incorrecto o faltan datos; los datos fiscales podrás descargarlos a través de la página de la Agencia Tributaria obteniendo el número de referencia, este número podrás obtenerlo por estos tres medios:

Con la casilla 475 de la Renta de 2017: Deberás introducir tu DNI, su fecha de caducidad y la casilla 475.

Con clave pin: Deberás descargar primero de la APP la clave pin para poder solicitar el código pin, con el que podrás obtener el número de referencia para descargar los datos fiscales.

Con certificados electrónicos: Si dispones de firma digital, automáticamente accederás a tus datos fiscales sin la necesidad de solicitar ningún número de referencia. Para obtener la firma digital podrás descargar la de la página de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre (en otro post explicare como solicitarla).
Declaración de la renta
Una vez hayamos obtenido el número de referencia ya tendremos acceso a los datos fiscales, para consultarlos, descargarlos o incluso si están correctos confirmar el borrador y enviarlo directamente a la Agencia Tributaria.

En el caso de que en el ejercicio 2017 no hayas realizado declaración de la renta podrás obtener el borrador de la renta de 2018 con el nº de DNI, fecha de caducidad y número de cuenta donde seas el titular

La siguiente fecha que debes apuntar en el calendario es el 1 de abril, ya que desde ese día podrás solicitar cita previa, y que la Agencia tributaria contacte contigo para concertar una cita para hacer tu declaración de la renta. Las vías para solicitar cita previa serán:

Internet

App de la AEAT

901121224 o 915357326 (automático), también para anular cita

901223344 o 915530071 (lunes a viernes de 9 a 19 h)
Servicios telefónicos de información tributaria de RENTA 901 33 55 33 o 91 554 87 70 (Lunes a Viernes de 9 a 19 h) este servicio estará disponible todo el año.

El día 2 de abril se abre el plazo de presentación voluntaria de la RENTA y PATRIMONIO 2018. Las vías para realizar la presentación son:

Por teléfono

Por internet

Renta web
Declaración de la renta 2018
El plazo voluntario para la presentación de la Renta y Patrimonio 2018 finaliza el día 1 de Julio y el día 26 de junio para presentar las declaración que sean para domiciliar.

Otras fechas que pueden ser de tu interés para la gestión del impuesto son:

9 de mayo, obtener cita yendo a las oficinas de la Agencia Tributaria

14 de mayo, se inicia la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria

28 de mayo, último día para solicitar cita previa.
Recordarte que éste es el primer año que la declaración de la renta se presentará vía internet y que no está permitida la presentación de la renta en formato papel.

Las formas de pago de la renta son:

Mediante domiciliación hasta el día 26 de junio

En el caso de que no se domicilie tendrás hasta el 1 de julio para realizar el pago mediante la obtención del nº NRC

Se podrá generar e imprimir un documento de ingreso, una vez confirmada y presentada la declaración con resultado a ingresar, documento con el que se podrá efectuar el ingreso hasta el 1 de julio en una entidad colaboradora.
También existe la opción de domiciliar o pagar el 40% del pago hasta el 26 de junio o 1 de julio según elijas domiciliar o no y el 60 % se debe pagar el 5 de noviembre, también se podrá domiciliar o no.

De forma muy resumida, están obligados a declarar todos los contribuyentes, personas físicas residentes en España, excepto los que hayan percibido exclusivamente rentas procedentes de:

Rendimientos del trabajo personal, iguales o inferiores a 22.000 euros anuales:
El límite se fija en 12.643 euros anuales, salvo para los contribuyentes fallecidos con anterioridad al 5 de julio de 2018, que se mantiene en el límite de 12.000 euros, en los siguientes supuestos:
Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes por orden de cuantía superen la cantidad de 1.500 euros anuales.

Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.

Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con límite conjunto de 1.000 euros anuales.
No tendrán que presentar declaración en ningún caso quienes obtengan rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros, ni quienes hayan tenido exclusivamente pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

DECLARACION DE LA RENTA 2018: OTROS ASPECTOS QUE DEBES SABER

Si un contribuyente no tiene obligación de presentar la renta del ejercicio 2018 y la declaración sale a tu favor, tienes la opción de solicitar el importe a devolver, sin que ello suponga la obligación de presentar la declararon de la renta al siguiente año.

Si en este ejercicio la declaración sale más favorable realizarla de manera conjunta con tu cónyuge, debes saber que esta modalidad de presentación no implica que en los siguientes años estés obligado a presentar la declararon con ésta misma modalidad, se podrá presentara de manera individual o conjunta según sea más beneficioso para el contribuyente.

También podrás modificar la declaración de la renta presentada por el programa renta web hasta el 1 de julio. En el caso de las declaraciones presentadas por otras vías también podrán modificarse según proceda en cada caso, o bien con la presentación de una declaración complementaria, o sustitutiva o mediante la iniciación de un procedimiento especial de revisión, con la presentación de un recurso de rectificación de autoliquidación.

En el caso de solicitar la devolución, como norma general la Agencia Tributaria no suele tardar en realizar el pago del importe solicitado, pero que sepas que tiene de tiempo para pagar sin tener que abonar intereses hasta el 31/12/2019.

Si después de todo no te aclaras a la hora de gestionar y confeccionar tu declaración de renta no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estaremos encantados de ayudarte a realizar los trámites necesarios para que te quedes tranquilo y no te lleves ninguna sorpresa.

Fuente: este post proviene de IdellaConsulting, donde puedes consultar el contenido original.
¿Vulnera este post tus derechos? Pincha aquí.
Creado:
¿Qué te ha parecido esta idea?

Esta idea proviene de:

Y estas son sus últimas ideas publicadas:

Etiquetas: Sin categoría

Recomendamos

Relacionado

General

Ante la gran cantidad de gente que ha iniciado la reclamación para recibir la prestación por maternidad, la Agencia Tributaria ya ha comenzado a elaborar un formulario, que todavía no se encuentra en su página web, pero que ha sido filtrado y que a casi todos nos ha llegado por whatsapp. En él se informa de cómo se debe hacer para reclamar las cantidades: Hemos querido compartir esta información c ...

Maternidad AYUDAS MAMÁS DEDUCCIÓN MATERNIDAD ...

Este mes ha comenzado la campaña de la Renta 2020 que debemos declarar en el ejercicio en curso (2021). Y algunas familias, sobre todo las mamás primerizas, tenéis algunas dudas sobre cómo solicitar la Deducción por Maternidad, o lo que es lo mismo, de qué forma cobraréis los 1.200€ anuales por ser madres trabajadora. Además, aquellas familias que tengáis hijos matriculados en Centros de Primer C ...

General

Las prestaciones de 2014 y 2015 pueden reclamar desde hoy. En enero las de 2016 y 2017 en enero y las de 2018 seregularizan con la campaña de la renta. Hacienda ha anunciado este lunes el mecanismo para la devolución del IRPF por las prestaciones de maternidad y paternidad desde 2014, que estará operativo ya esta tarde y que devolverá todas las cantidades antes de abril de 2019. La ministra de Hac ...

General

Desde que saltó la noticia el pasado viernes sobre la decisión del Tribunal supremo de considerar las prestaciones maternidad exentas del IRPF son muchos padres y madres los que nos están preguntando a través de las redes sociales sobre cómo reclamar el irpf de la maternidad. Lo más seguro es que Hacienda comience un proceso para empezar a devolver el dinero de alguna forma más rápida, pero hasta ...

General

Si queréis hacer la reclamación para que os devuelvan el IRPF por maternidad primero tendréis que hacer una declaración complementaria que deberéis presentar en Hacienda. Para ello necesitaréis los datos fiscales de los años en los que cobrasteis esta prestación. Como ya comentamos hace unas semanas una sentencia judicial había abierto el camino para que podamos reclamar la devolución del IRPF  (s ...

General

La Ocu ha colgado en su página web el siguiente modelo de devolución para aquellos que queráis reclamar la devolución del IRPF por maternidad. Recordad que, si no reclamasteis antes, solo podéis reclamar las cantidades que se pagaron durante el año 2014 y sucesivos. Más información sobre la devolución del IRPF por maternidad pincha aquí.  Descarga la solicitud en word pinchando aquí:  Solicitud de ...

Sin categoría

Como novedad para la Renta del ejercicio 2018, existen medidas de la llamada “fiscalidad de género”. Con ello se quiere conseguir por una parte el facilitar la incorporación de la mujer al mercado laboral y por otra la conciliación de la vida familiar con la laboral; además se dispone que los hijos menores de tres años tengan acceso al primer ciclo de educación infantil. Para todo ello se ha aprob ...

General

 A partir de mañana y hasta el próximo día 6 de Abril se puede solicitar la ayuda Cheque Guardería para el curso 2018/2019 de la Comunidad de Madrid. En la siguiente información se encuentran los requisitos para solicitar este tipo de ayuda que se ofrece para las familias de los alumnos matriculados en centros de titularidad privada en el Primer Ciclo de Educación infantil y que no ocupen plaza en ...

general Últimas noticias

Desde el pasado 7 de abril la Agencia tributaria ha abierto el plazo para presentar el borrador del IRPF correspondiente al año 2014 y desde el próximo 6 de mayo abrirá el plazo para solicitar cita previa para la confección de nuestra declaración. Cada año son menos las deducciones con las que puede contar el “ciudadano de a pie” y es cierto que, dependiendo de la Comunidad Autónoma en ...

General

Hasta el próximo 10 de julio se pueden solicitar las ayudas a comedor escolar para el próximo curso 2017/2018 en la Comunidad de Madrid. La ayuda se solicitará a través de la secretaría de los centros escolares y los solicitantes deberán cumplir unos requisitos mínimos para poder optar a esta ayuda.  La ayuda se podrá pedir para niños que estén en Educación Infantil, Primaria y E.S.O y se deben re ...